El proyecto propone Incorpare el Artículo 229 al Código Alimentario Argentino el cual quedará redactado de la siguiente manera: El término “vegano” queda reservado para los productos que no contengan ingredientes de origen animal y/o sus derivados (incluidos los aditivos y coadyuvantes). Se podrán consignar en los rótulos de estos productos las leyendas “vegano”, “vegan”, “solo con ingredientes de origen vegetal”, “100% vegetal”, u otras similares, siempre y cuando los elaboradores e importadores acrediten ante la Autoridad Sanitaria Competente en el marco de la autorización del producto que sus procesos y sistema de gestión garantizan el cumplimiento de lo descripto anteriormente y/o bien que éstos se encuentren validados por una entidad con reconocimiento oficial que verifica tal condición (Fuente).
