Mediante la Ordenanza Nº 123 el Ministro de Estado de Agricultura, Ganadería y Suministrosactualiza los estándares de identidad y calidad para bebidas compuestas, té listo para beber, refrescos, gaseosas y cuando corresponda en su las respectivas preparaciones sólidas y líquidas. La presente normativa estipula la derogación de las Instrucciones Normativas Nº 17, 18, 19, 23, 25 y 37 (Fuente).
