El Proyecto de Resolución GMC Nº 05/21 establece los requisitos de identidad y calidad para la Leche UAT a efectos de la actualización y armonización de la legislación vigente. El presente Reglamento Técnico se aplicará a la Leche UAT (UHT) a ser comercializada en el territorio de los Estados Partes, al comercio entre ellos y a las importaciones extrazona (Fuente).