Sobre ese particular, la Dirección General de Normas de la Secretaría de Economía interpreta que los productos preenvasados importados que están contenidos en un envase, recipiente o envoltura que no corresponde aquel que estará para su venta al consumidor final debido a que serán objeto de reacondicionamiento, no están sujetos al cumplimiento de la NOM-051-SCFI/SSA1-2010 (Fuente).
