Indecopi, sancionó a la empresa Sociedad Suizo Peruana de Embutidos (Supemsa) por etiquetar su producto “hot dog de pollo” con una denominación que no refleja su verdadera naturaleza, generando confusión o engaño al consumidor (Fuente).

Indecopi, sancionó a la empresa Sociedad Suizo Peruana de Embutidos (Supemsa) por etiquetar su producto “hot dog de pollo” con una denominación que no refleja su verdadera naturaleza, generando confusión o engaño al consumidor (Fuente).

El presente reglamento técnico tiene por objeto definir los contenidos máximos de sodio de alimentos procesados priorizados en el marco de la Estrategia Nacional de Reducción del Consumo de Sodio, con el fin de contribuir a la reducción de la hipertensión arterial y de las enfermedades no transmisibles asociadas a esta, con el objetivo legítimo de proteger la salud de la población (Fuente).

El Invima expide el visto bueno en la licencia de importación para la leche en polvo o lactosueros en polvo, teniendo en cuenta la documentación relacionada en la normatividad sanitaria vigente, la cual debe contener información precisa, verificable y que permita la trazabilidad del producto importado, que podrá ser corroborada en cualquiera de las etapas subsiguientes, como son la expedición del certificado de inspección sanitaria – CIS para importación a través de los sitios de ingreso al país en Puertos, Aeropuertos y Pasos de Frontera – PAPF, y la inspección, vigilancia y control en los establecimientos procesadores (Fuente).

La Oficina de Normas de Jamaica a publica una Norma Técnica sobre Alimentos preenvasados y preparados. La Oficina ha notificado la Norma Técnica 67.230 – Alimentos preenvasados y preparados. Esta norma fue preparada con la intención de proporcionar requisitos generales para los alimentos procesados y los establecimientos en los que se procesan (Fuente).
Se actualiza la lista de organismos genéticamente modificados objeto de etiquetado, según la Resolución Administrativa VMABCCGDF No. 035.2020 emitida por el Viceministerio de Medio Ambiente, Biodiversidad, Cambios Climáticos y de Gestión y Desarrollo Forestal en su calidad de Autoridad Ambiental Competente Nacional (AACN) dependiente del Ministerio de Medio Ambiente y Agua, en cumplimiento al Reglamento Técnico del Decreto Supremo N° 2452 de “Etiquetado de Alimentos y Productos Destinados al Consumo Humano que Sean Contengan o Deriven de Organismos Genéticamente Modificados” (Fuente).